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ABREVIATURAS
PRIMERA PARTE: LA DELINCUENCIA URBANÍSTICA
LAURA POZUELO PÉREZ
I.INTRODUCCIÓN
II.CUESTIONES GENERALES ACERCA DE LA INTERVENCIÓN DEL DERECHO PENAL EN EL ÁMBITO DE LA CONSTRUCCIÓN
1.El papel del Derecho penal en el ámbito del urbanismo: la necesidad de intervenir penalmente en la ordenación del territorio
a) Las nuevas orientaciones político-criminales: relativización de algunas críticas al fenómeno expansivo del Derecho penal y análisis de la situación actual
a.1) Exposición de las principales críticas al modelo «expansivo» del Derecho penal
a.2) Relativización de las críticas al modelo «expansivo» del Derecho penal
a.3) Recapitulación
2. El papel del Derecho administrativo y del Derecho penal en el ámbito del urbanismo
a)¿Es suficiente la respuesta del Derecho Administrativo sancionador a las infracciones urbanísticas? ¿Aporta el Derecho penal una respuesta satisfactoria al problema?
b) Posibles soluciones
b.1) Desde el Derecho administrativo sancionador
b.2) Desde el Derecho administrativo no sancionador: el control sobre el patrimonio e ingresos económicos de los representantes locales
b.3) Desde el Derecho penal
b.3.1) La aportación de los preceptos 319 y 320 del Código penal
b.3.2) Otras respuestas penales al problema de la delincuencia urbanística
c) Conclusiones
III. EL DERECHO PENAL COMO RESPUESTA A LA DELINCUENCIA. ANÁLISIS DE LAS CONCRETAS FIGURAS PENALES
1. Los delitos contra la ordenación del territorio cometidos por promotores, constructores y técnicos-directores (art. 319 CP)
a) Su consideración como un delito especial propio
b) Los sujetos activos: definición de los conceptos «promotor», «constructor» y «técnico-director»
c) El objeto de protección en el art. 319: los tipos de suelo protegidos
d) Las conductas típicas: las «obras de urbanización», las «construcciones» y las «edificaciones» no autorizables
d.1) Las obras de urbanización
d.2) Determinación de los conceptos «construcción» y «edificación»
d.3) El carácter «no autorizable» de las obras de urbanización, las construcciones y las edificaciones
e) La necesidad de establecer un umbral mínimo de relevancia típica
f) Las situaciones de error
g) Las órdenes de demolición, la reposición a su estado originario de la realidad física alterada y la previsión del comiso de las ganancias del delito
g.1) La demolición y la reposición a su estado originario de la realidad física alterada en los delitos contra la ordenación del territorio (art. 319.3 CP)
g.2) Breve análisis de la problemática de la demolición de la obra ilegal
g.3) El cumplimiento de las órdenes de demolición desde la perspectiva del Derecho Administrativo
g.3.1) Los instrumentos con los que cuenta el Derecho administrativo para hacer frente a la ejecución de las órdenes de demolición dictadas por la Administración
g.4) La respuesta del Derecho penal al incumplimiento de las órdenes de demolición
g.4.1) El delito de desobediencia en caso de incumplimiento de una orden de demolición (art. 410 CP)
g.4.2) El comiso en el ámbito de los delitos contra la ordenación del territorio
g.4.2.1) La cuantía del comiso
g.4.2.1.1) La utilidad resultante del delito
g.4.2.1.2) Utilidad y «ganancias provenientes del delito». Conceptos neto y bruto de ganancia
g.4.2.2) El comiso por valor equivalente
h) La responsabilidad de las personas jurídicas en los delitos contra la ordenación del territorio (art.319.4 CP)
2. El delito de prevaricación en el ámbito urbanístico del art. 320 CP (I): Cuestiones generales a) La relación entre el delito de prevaricación urbanística del art. 320 CP y el delito de prevaricación administrativa del art. 404 CP
b) La estructura típica articulada en dos fases: la emisión de informes y la posterior resolución o concesión
c) La determinación de un umbral mínimo de relevancia penal
d) El concepto de «legalidad urbanística vigente» en el delito de prevaricación urbanística
3.El delito de prevaricación en el ámbito urbanístico del art. 320 CP (II): la prevaricación urbanística relacionada con el proceso de concesión de licencias urbanísticas contrarias a la normativa urbanística
a) La emisión de informes favorables a la concesión de una licencia o a un proyecto de edificación en contra de la normativa urbanística
b) Conceder licencias de edificación y votar a favor de su concesión en contra de la normativa urbanística. La realización de la conducta típica en el seno de un órgano colegiado
4.El delito de prevaricación en el ámbito urbanístico (III): La prevaricación en los casos de aprobación de instrumentos de planeamiento contrarios a la normativa urbanística vigente
a) Los sujetos activos
b) Las conductas típicas: la emisión de informes favorables relacionados con instrumentos de planeamiento y el acto de aprobación del planeamiento urbanístico
b.1) La emisión de informes favorables a instrumentos de planeamiento, obras de urbanización, parcelación, reparcelación
b.2) La aprobación de instrumentos de planeamiento, obras de urbanización o parcelación
c) El carácter arbitrario de la resolución
d) Alcance del término «desviación de poder» en la aprobación de los instrumentos de planeamiento urbanístico
e) El cambio de calificación del suelo o sus usos o aprovechamientos y la legalización de las obras contrarias a la normativa urbanística como supuestos nucleares de la prevaricación administrativa cometida a través de la aprobación de planes urbanísticos
f) La prueba de la arbitrariedad: el papel de la memoria justificativa que debe adjuntar
La Constitución española establece, en su artículo 47:
«Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.
La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.»
Según el Informe Global de la Corrupción 2005 de Transparency International, «ningún otro sector tiene la corrupción tan arraigada como el sector de la construcción», pudiendo cifrarse en 4 billones de dólares anuales el dinero destinado a compras gubernamentales en todo el mundo.
El Informe Global de la Corrupción de Transparency International-España correspondiente a 2006 realiza un análisis de la corrupción en el ámbito local, en relación con el urbanismo y la especulación, que señala que «en términos globales, el ámbito donde la corrupción es más elevada en España es el del nivel local de gobierno», al que considera un «foco de corrupción permanente».
Por su parte, el Informe Global 2007 sobre la Corrupción en España, también emitido por Transparency International, comienza con la afirmación de que «la multiplicación de escándalos vinculados a la denominada «corrupción urbanística» está reforzando la imagen «cínica» de la ciudadanía española sobre nuestros gobernantes y contribuyendo a deslegitimar las instituciones democráticas».
Especialmente incisivo resulta el Informe Global de la Corrupción de 2008 que señala: «La corrupción urbanística produce muy diversos efectos en tres niveles, en el nivel social, en el económico y en el político y todos ellos afectan a la calidad de la democracia».
Por lo que se refiere al nivel social, se señala que la corrupción urbanística está dando lugar al deterioro del medio ambiente y al sobreprecio de la vivienda, lo que expresa una ruptura del pacto intergeneracional, pues mayor construcción y mayor urbanización no será mejor para las generaciones futuras, quienes se encontrarán con una pérdida de bienestar y calidad de vida con respecto a la generación actual.
Señala expresamente este Informe que en el ámbito urbanístico «Las decisiones tomadas supuestamente para el beneficio público están en realidad motivadas por un deseo de obtener ingresos privados y resultan en políticas y proyectos que empobrecen antes que enriquecen al país, que se toman en una posición de monopolio y sin mecanismos que permitan exigir responsabilidad por lo realizado.»
«El panorama no puede presentarse como más desalentador: la corrupción incrementa la desconfianza y destruye el capital social.»