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La LO 5/2010 de 22 de junio dio un vuelco a la regulaciÒn de este delito en el CÒdigo Penal. El nuevo artÍculo 368 introdujo un tipo objetivo omniabarcador del delito de trÄfico de droga, comprensivo no solo del trÄfico, tambiÉn del cultivo, la tenencia y cualquier acto que facilite el consumo ilegal de drogas. El legislador pretendiÒ abarcar el ciclo completo de la droga, comprendiendo desde la plantaciÒn hasta la difusiÒn.