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La acrobacia interpretativa realizada por el Tribunal de Justicia en su sentencia Coleman (C-303/06) permitiÒ entender que se puede discriminar por razÒn de discapacidad tambiÉn a quien no tiene la condiciÒn de discapacitado. A partir entonces el desarrollo de la discriminaciÒn por asociaciÒn y los m×ltiples supuestos en los que puede aplicarse ha sido imparable y aun no ha conocido, en el derecho espaÛol, sus lÍmites definitivos.