Detalle del libro
Ver Índice
Abreviaturas
Capítulo I. Introducción
Capítulo II. Evolución histórica
1. EL ANTIGUO RÉGIMEN
2. EL SIGLO XIX
3. EL SIGLO XX HASTA EL RÉGIMEN DE FRANCO
4. DURANTE EL RÉGIMEN DE FRANCO
Capítulo III. El marco normativo actual bajo el régimen
de la Constitución de 1978
1. LA INCIDENCIA GENERAL DE LA CONSTITUCIÓN DE
1978 Y DE LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA DE LAS
COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS EDUCATIVAS Y DE RÉGIMEN LOCAL ENTRE EL ESTADO Y LAS CITADAS COMUNIDADES. LOS PRIMEROS TEXTOS NORMATIVOS APROBADOS EN NUESTRA MATERIA BAJO TAL RÉGIMEN CONSTITUCIONAL
2. LA VIGENTE REGULACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL Y DE LAS COMPETENCIAS EDUCATIVAS DE LOS ENTES LOCALES ESPAÑOLES
Capítulo IV. Análisis pormenorizado de las vigentes
competencias educativas de los entes locales
1. COLABORACIÓN CON LAS ADMINISTRACIONES EDUCATIVAS EN LA PLANIFICACIÓN DE LA POLÍTICA EDUCATIVA Y SU APLICACIÓN Y EN LA PROGRAMACIÓN DE LAS CONSTRUCCIONES
ESCOLARES Y CREACIÓN DE LOS CENTROS
DOCENTES PÚBLICOS
2. COMPETENCIA PARA LA CREACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS DE TITULARIDAD PROPIA DE LOS ENTES LOCALES Y RESPONSABILIDAD TOTAL DE LOS MISMOS
3. COLABORACIÓN DE LOS MUNICIPIOS EN EL SUMINISTRO DE SOLARES PARA LOS CENTROS EDUCATIVOS DE LA RED PÚBLICA Y EN SU CONSTRUCCIÓN Y LA FINANCIACIÓN DE LO ANTERIOR. LA PROPIEDAD O TITULARIDAD
DEMANIAL DE SOLARES Y EDIFICIOS
a) El suministro de los solares. Examen especial de su adquisición mediante las cesiones urbanísticas obligatorias de los propietarios del suelo, en relación con el previsto como suelo dotacional para equipamientos docentes
b) La construcción de los edificios en sentido amplio y su equipamiento. Su financiación y gestión
c) La titularidad demanial de los entes locales sobre los
solares y edificios escolares, así como de las antiguas viviendas para Maestros de titularidad municipal
d) La utilización de los locales e instalaciones de los centros docentes de titularidad demanial de los Municipios y de los demás centros docentes no universitarios por los Ayuntamientos o por otras otras entidades u organismos y personas físicas o jurídicas
4. LA CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO Y VIGILANCIA POR LOS ENTES LOCALES DE LOS CENTROS EDUCATIVOS DE LAS ENSEÑANZAS CITADAS
5. COOPERACIÓN EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO CON CENTROS DE TITULARIDAD PROPIA Y POR OTRAS VÍAS DISTINTAS DE LA CREACIÓN DE ESTOS CENTROS, ASÍ COMO LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES O SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
a) La colaboración a través de centros públicos propios de los entes locales creados específicamente para ello (remisión)
b) La colaboración mediante el patrocinio de Programas educativos específicos en los sectores especialmente indicados por la LOE o en el Real Decreto 2274/1993, con aportación por los entes locales de medios materiales, personales y financieros, sin prestarse en centros de titularidad propia
c) La realización de actividades no estrictamente docentes que inciden más indirectamente en el servicio educativo, como son las actividades de orientación del alumnado, actividades de formación del profesorado, desarrollo de 10 Índice acciones de carácter compensatorio y demás actividades
y servicios complementarios
6. LA COOPERACIÓN POR LOS MUNICIPIOS EN LA VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE LA ESCOLARIDAD OBLIGATORIA
1
7. LA PARTICIPACIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS ENTES LOCALES EN LOS ÓRGANOS DE GESTIÓN DE LOS CENTROS EDUCATIVOS: CONSEJOS ESCOLARES EN LA ENSEÑANZA NO UNIVERSITARIA Y CONSEJOS SOCIALES DE LAS UNIVERSIDADES
a) La participación en los Consejos Escolares de los centros públicos y en los de los centros privados concertados
b) La participación de representantes de los entes locales en los Consejos Sociales de las Universidades
8. LA EXISTENCIA DE CONSEJOS ESCOLARES MUNICIPALES COMO ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE PARTICIPACIÓN DE LOS SECTORES AFECTADOS EN LAS TAREAS EDUCATIVAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL. LA PREVISIÓN DE CONSEJOS
ESCOLARES TERRITORIALES, PROVINCIALES Y COMARCALES EN LA LEGISLACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS
Capítulo V. Las competencias educativas de los entes
locales en el Derecho comparado
A) FRANCIA
1. EL SISTEMA EDUCATIVO FRANCÉS
2. LAS COMPETENCIAS EDUCATIVAS DE LOS MUNICIPIOS (COMMUNES) Y DE LAS PROVINCIAS (DÉPARTEMENTS) EN EL MARCO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LAS COMPETENCIAS EDUCATIVAS DE LOS PODERES PÚBLICOS. COMPETENCIAS DE LAS REGIONES (RÉGIONS) Y DEL ESTADO
B) ITALIA
1. EL SISTEMA EDUCATIVO ITALIANO
2. LAS COMPETENCIAS EDUCATIVAS DE LOS MUNICIPIOS (COMUNI) Y DE LAS PROVINCIAS (PROVINCE) EN EL MARCO DE LA DISTRIBUCIÓN DE LAS COMPETENCIAS EDUCATIVAS DE LOS PODERES PÚBLICOS. COMPETENCIAS DE LAS REGIONES (REGIONI) Y DEL ESTADO
El objeto del presente libro consiste en la realización de un estudio de las competencias educativas de los entes locales en España establecidas en la Ley de Bases de Régimen Local de 1985, la Ley Orgánica del Derecho a la Educación, también de 1985 y la Ley Orgánica de Educación de 2006.
La parte nuclear del mismo se centra en un análisis sistemático de tales competencias, con explicación del significado y contenido de cada una de ellas: colaboración en la planificación de la política educativa y su aplicación y en la programación de las construcciones escolares y creación de los centros docentes públicos; creación de centros educativos de titularidad propia y de responsabilidad total de los mismos; colaboración en el suministro de solares para los centros educativos de la red pública y en su construcción, conservación, mantenimiento y vigilancia de los centros educativos; cooperación en la prestación del servicio educativo con centros de titularidad propia y por otras vías distintas de la creación de estos centros, así como la realización de actividades o servicios complementarios; cooperación en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria; etc.
Pero, antes, se efectúa una exploración histórica de tales competencias, para la mejor comprensión del alcance de las mismas, dado que el elenco de las actuales no se entiende bien sin un examen de las vicisitudes históricas de las que han ostentado los entes locales en el pasado, especialmente en el siglo XIX.
A su vez, se lleva a cabo una exposición de las competencias educativas de los entes locales en Francia, Italia, Alemania y Reino Unido, para establecer finalmente una comparativa de las mismas con las propias de nuestros entes locales; lo que se lleva a cabo en un extenso capítulo de Conclusiones, donde también se expresan las consideraciones finales del autor.
Y todo ello acompañado de una visión sintética del sistema educativo español actual y del de los cuatro Estados europeos citados, como premisa para la explicación del contenido de las competencias educativas citadas, con referencia obligada, asimismo, a las propias del Estado y de las Comunidades Autónomas y de los entes que ocupan el lugar de éstas que los demás Países examinados.