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En materia de teorÍa general de derechos fundamentales en la ConstituciÒn EspaÛola, a diferencia de lo que sucede en la doctrina constitucional alemana, la categorÍa de los derechos de defensa (Abwehrrechte) no ha tenido un excesivo Éxito ni una utilizaciÒn generalizada en nuestra doctrina y jurisprudencia. Nuestra doctrina e incluso la jurisprudencia ha preferido mantener la distinciÒn de carÄcter material entre derechos de libertad y derechos sociales, antes de optar por descripciones de carÄcter prescriptivo como la planteada entre derechos de defensa y derechos de prescripciÒn. Los derechos de defensa se estructuran en torno a un contenido prescriptivo y una dependencia normativa interrelacionados con unos conceptos jurÍdicos clave como son la libertad, el individuo, el fenÒmeno asociativo, las cualidades personales o la posiciÒn jurÍdica. Cada derecho fundamental es susceptible de ser caracterizado de forma independiente, autÒnoma y separada, pero las categorÍas jurÍdicas que los interrelaciona con los derechos de defensa son precisamente el contenido prescriptivo y su diferente dependencia normativa.