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La difusión mundial de la Marca País de distintos Estados ha generado un nuevo fenómeno dentro de la Propiedad Industrial, siendo una práctica común en las áreas de Comercio Exterior y Turismo, este signo distintivo se ha adelantado a la regulación del Derecho y su encuadre -ya sea dentro de las clásicas categorías de los signos distintivos, dentro de un régimen sui generis y optar por la voluntaria desregulación- representa un gran reto para los juristas especializados en Propiedad Industrial.