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A pesar de la casuÍstica propia de la responsabilidad civil, puede procederse a la identificaciÒn de supuestos con caracterÍsticas comunes, y establecer asÍ una parte especial que no sÒlo tenga por contenido las actividades reguladas en leyes especiales, sino la tipificaciÒn de grupos de casos con caracterÍsticas comunes en lo atinente a los elementos que deben concurrir, y en los que subsumir los distintos casos que se presentan en la realidad.