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Durante las ?ltimas d?cadas, las l?gicas preventivas han adquirido una posici?n de centralidad en el campo del control del delito, present?ndose cada vez m?s el futuro como la variable temporal de referencia. En este sentido, entre las numerosas transformaciones que ha provocado esta cuesti?n en la configuraci?n de la pol?tica criminal contempor?nea, una de las m?s relevantes ha residido precisamente en el hecho de que la responsabilidad sobre la seguridad ya no recae exclusivamente sobre el Estado sino que, en un movimiento que trasciende sus fronteras, esta se extiende tambi?n a otros agentes que, abarcando desde las empresas privadas y las comunidades a los individuos en particular, no han estado tradicionalmente involucrados en este ?mbito.