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El principio de no regresiÒn impide que se produzcan cambios en la normativa que protege valores extraordinarios, como lo son aquellos que afectan a las zonas verdes o espacios libres p×blicos de nuestras ciudades, los bienes que son portadores de valores culturales (bienes de interÉs cultural o bienes catalogados) o los espacios naturales protegidos, entre otros. Las decisiones p×blicas de tutela de valores extraordinarios o relevantes determinan la aplicaciÒn de un rÉgimen jurÍdico exorbitante que estÄ adecuado al valor que en cada caso se protege.