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La obra se refiere a las relaciones concursales entre el delito de fiscal y el supuesto blanqueo posterior.
El autor critica la jurisprudencia que admite la concurrencia de ambos delitos y sostiene que la
aplicación del delito de blanqueo queda excluida por tratarse de un concurso aparente de leyes en el
que el tipo del art. 301 CP debe ser excluido por aplicación del art. 8.3 CP.
La tesis tiene también alcance Constitucional, pues el autor estima, de conformidad con otros trabajos referidos a esta cuestión que la jurisprudencia criticada vulnera el principio non bis in ídem.